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NUEVA NORMATIVA PARA DRONES, ¿ESTÁS PREPARAD@?

Todo lo bueno se hace esperar y al parecer, dentro de muy poco, se espera un inminente cambio en la normativa que regula el sector de uso de los drones.

En la mañana del 25 de octubre de 2017 el ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, comunicó en el Congreso de los Diputados que se están ultimando los detalles del nuevo Real Decreto que regulará el uso de drones en España. Así, se espera que antes de finalizar el año el sector de las aeronaves no tripuladas, se rija por una nueva regulación menos restrictiva que la actual normativa sobre drones.

De la Serna explicaba que la nueva ley sobre drones persigue un triple objetivo: extender la utilización de los drones, aumentar las garantías de seguridad en toda la operativa y facilitar el desarrollo del sector que a día de hoy ya cuenta con más de 2500 operadoras.

El impacto en sociedad y la aparición de los drones obligó de una manera rápida pero poco efectiva a la regulación del uso de los RPAS con el Real Decreto de 4 de julio del 2014. Actualmente este R.D., aunque existe un borrador del 27 de octubre de 2016 y es por el que nos guiamos, condiciona tanto a todos los profesionales del sector, que se convierte en un problema más que en una referencia o guia para poder trabajar.

Si tienes un dron hay muchas cosas que deberías saber que tienes prohibido hacer:

  • No está permitido el uso del dron en ciudades o sobre aglomeraciones de personas al aire libre, como pueden ser parques de ciudades, playas llenas de gente, campos de fútbol., etc.
  • El manejo del dron sólo se podrá utilizar para grabación de eventos si este se encuentra ubicado en recintos completamente cerrados.
  • No se puede volar por encima de los 120 metros de altura, de noche ni a menos de 8 kilómetros de un aeropuerto.

Sin embargo, si eres un piloto certificado y acogido bajo una Operadora, deberás saber que en breve se espera una regulación de la norma que destaca por los cambios que afectan a los vuelos en ciudades, nocturnos o en espacios aéreos controlados, así como la fijación de requisitos definitivos para pilotos (deberán ser mayores de edad, llevar un libro de vuelos y ejercer sus funciones de manera regular), la obligación de registro de los drones o el detalle de todos los aspectos sobre fabricación y mantenimiento.

Según el borrador, se podrán realizar operaciones sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o reuniones de personas al aire libre, con aeronaves cuya masa al despegue no exceda de 10 kilos y a una distancia horizontal máxima del piloto de 100 metros, limitando el paso de personas o vehículos.

¿Qué podemos deducir de todo lo que en breve está por venir?

Desde RecDron S.L. opinamos que la profesión de Piloto de drones se va a realzar, al poder regular toda la actividad profesional. No es de recibo, ver con toda naturalidad a parapentes sobrevolando nuestras playas y, por el contrario, si vemos a un dron realizando lo mismo, pensar que está realizando una infracción clamorosa.

Poder volar, filmar y fotografiar, con todas aquellas medias de seguridad imaginables, desde paracaídas hasta zonas de vuelo balizadas en tierra, o aquello que se determine, permitirá obtener imágenes asombrosas de todo nuestro patrimonio, regalos sociales obtenidos de generación en generación, a la que tenemos derecho a disfrutar de una forma diferente, gracias a la tecnología del siglo XXI.

Si tienes alguna duda o te gustaría aportar información al respecto, agradeceríamos te pusieras en contacto con nosotros

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